ECONOMÍA URBANALa seguridad laboral golpea el bolsillo de los condominios
Vecinos obligados a hacer aportes especiales para cumplir con la ley
SUHELIS TEJERO PUNTES
EL UNIVERSAL
Desde que la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat) entró en vigencia no han sido pocos los gastos extraordinarios en que han debido incurrir los vecinos para poner al día su edificio en materia de seguridad laboral.
Para algunos esta normativa sólo significaba una pila de cambios que debían hacer las empresas, pero la sorpresa llega a los predios residenciales de la mano de los inspectores del Instituto de Prevención, Salud y Seguridad Sociales (Inpsasel), quienes tienen la tarea de determinar si las conserjes trabajan en condiciones que no ponen en riesgo su seguridad.
No se trata de inspecciones aisladas o consejos al aire, sino de cumplir con lo que indican los funcionarios de Inpsasel o, en caso contrario, atenerse a las altas multas que se aplican por incumplir la Lopcymat, tal como lo relata Elisa García, integrante de la junta de condominio de una residencia ubicada en La Florida.Dos millones para empezar
García cuenta que, hasta los momentos, ya entre su familia y los vecinos han debido desembolsar más de dos millones de bolívares sólo para ajustar las condiciones del edificio a las normas básicas que exigieron los inspectores de Inpsasel. Siete lámparas de seguridad -por 700.000 bolívares-, nueve extintores en sus cajetines -cerca de 1.000.000 bolívares-, uniformes, botas, guantes y otros implementos para los conserjes -calculado en 300.000 bolívares- han sido buena parte de las adquisiciones que han debido hacer los vecinos del conjunto residencial de La Florida.
Para cubrir estos gastos, y los que vendrán, los inquilinos de los 24 apartamentos debieron pagar una cuota especial de 150.000 bolívares cada uno en su factura del condominio.
García cuenta que, en su función de integrante de la junta de condominio, más de una vez le ha tocado correr para evitar que una nueva visita de los inspectores de Inpsasel derive en una sanción administrativa.
Esa amenaza latente no es cualquier cosa: dejar de atender las condiciones mínimas para que las conserjes trabajen en condiciones seguras le costaría a un edificio una multa que va de entre 26 y 75 unidades tributarias (de 978.432 bolívares hasta 2.822.406 bolívares), pues la Lopcymat considera que ello es una infracción grave.
Pero además, la Lopcymat señala que si algún edificio osa con cometer la misma infracción, el castigo se duplica.Más que un consejo
En el caso de los conjuntos residenciales, las conserjes, los trabajadores a domicilio y domésticos deben enterarse de los riesgos que corren en su trabajo con algo más formal que una simple advertencia del patrono.
García explicó que no se trata simplemente de que el personal que labora en su edificio sepa hasta dónde llegar en su trabajo, sino que los inspectores de Inpsasel exigieron una carta de advertencia de riesgos, la cual debe ser realizada y avalada por un especialista en el tema de seguridad industrial.
El papel en cuestión, añadió, tiene un costo de dos millones de bolívares, según pudo averiguar la junta de condominio de su edificio.
Todos estos requerimientos, y otros más, ahora llegarán rápido tras la aprobación del Reglamento de la Lopcymat, instrumento que se encarga de aclarar algunos aspectos que no quedaban bien claros en la ley, y que encontraron respuesta luego de más de un año desde que fuera aprobada el instrumento legal general.
En iguales condiciones
Los edificios y conjuntos residenciales funcionan bajo la figura de una empresa como cualquier otra, a efectos de la Lopcymat. Para esta ley no hay diferencias entre un trabajador del sector privado y una conserje.
Por ello, quienes laboren en un edificio deben trabajar con ciertos niveles de protección y con conocimiento de los riesgos.
Si existe alguna posibilidad de peligro en su jornada diaria, la conserje tiene derecho a negarse a cumplir la función que parezca peligrosa para su salud.
En caso de algún accidente laboral, la junta de condominio está obligada a avisar del infortunio en no más de 60 minutos, según quedó plasmado en el Reglamento de la Lopcymat.