martes, noviembre 03, 2009

martes, agosto 04, 2009

miércoles, mayo 06, 2009

Empieza la reparacion del cuarto de basura

El dia de hoy comienza las labores de reparacion del cuarto de la basura. Se estima que la duracion sea de una semana. Hemos colocado en los bajante de basura el siguiente comunicado:

COMUNICADO EDIFICIO MORICHAL

SUSPENSIÓN SERVICIO DEL BAJANTE DE LA BASURA

A PARTIR DEL DÍA MIÉRCOLES 6 DE MAYO DE 2009 SE REALIZARÁN REPARACIONES DEL CUARTO DE LA BASURA CON EL FIN DE PROPORCIONAR MEJORAS EN SU USO.

POR LO ANTES CITADO AGRADECEMOS NO UTILIZAR EL BAJANTE HASTA QUE EL CUARTO ESTE TOTALMENTE REPARADO.

EN LAS ÁREAS COMUNES EXTERNAS DE LA PLANTA BAJA DEL EDIFICIO SERÁN UBICADOS LOS CONTENEDORES DONDE PODRÁN COLOCAR SUS DESECHOS DIARIOS.

ESPERAMOS CONTAR CON SU APOYO Y COLABORACIÓN, LAMENTAMOS LOS INCONVENIENTES QUE ESTO PUEDA OCASIONAR.

PARA MAYOR INFORMACIÓN POR FAVOR CONTACTAR A LA SRA. ISABEL.


LA JUNTA DE CONDOMINIO

CARACAS 6 DE MAYO 2009

Presupuesto ascensor NUEVO

presupuesto

Imagenes cuarto basura antes del acondicionamiento


Observen la dificultad para sacar la basura.

lunes, mayo 04, 2009

Que hacer en caso de un terromoto...

Despues del susto de esta mañana, aqui les dejo una guia util:
Terremoto

martes, abril 28, 2009

GUÍA DE CUMPLIMIENTO DE NORMATIVAS LEGALES EN MATERIA LABORAL

GUÍA DE CUMPLIMIENTO DE NORMATIVAS LEGALES EN MATERIA LABORAL
I.- Inscripción ante el Registro Nacional de Empresas y Establecimientos ante el
Ministerio del Trabajo para obtener el Número de identificación laboral (NIL).
Fundamento legal: Decreto 4524
Ámbito de aplicación:
Están obligados todas las Empresas y Establecimientos sometidos a la legislación
laboral y de seguridad social.
Toda Condominio, como organización civil, debe obtener su numero de información
laboral ante el Ministerio del Trabajo, ingresando a la pagina www.mintra.gov.ve
Recaudos:
a) Dos (2) impresiones de la Solicitud de Inscripción.
b) Copia del documento constitutivo, última reforma estatutaria y designación de l
a junta directiva vigente.
c) Copia del Registro de Información Fiscal (RIF).
d) Copia del Número de Identificación Tributaria (NIT), de ser el caso.
e) “Cédula del Patrono o Empresa” (Forma 1401) expedida por el Instituto Venez
olano de los Seguros Sociales (IVSS), o “Constancia de No Afiliado”, tanto del
solicitante como de las sucursales.
f) Comprobante de Inscripción en el Registro Nacional de Aportantes (RNA) lleva
do por el Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), de ser el caso.
g) Constancia de Afiliación al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda expedi
da por la entidad bancaria u Oficio de Empresa o Afiliada al Fondo de Ahorro O
bligatorio para la Vivienda, expedida por el Consejo Nacional de la Vivienda (CO
NAVI).
h) Nómina de trabajadores y trabajadoras, la cual deberá ser consignada en form
a impresa en el formato de nómina, dispuesto a tal efecto en el portal web del
Ministerio del Trabajo www.mintra.gov.ve.
II.- Registro de libros de horas extraordinarias y libro de vacaciones.
Fundamento legal: Arts 209,235 y 265 LOT.
Ámbito de aplicación:
Todas las Empresas independientemente el numero de trabajadores.
Recaudos:
a) Copia de la Constancia del NIL ( Numero DE INSCRIPCIÓN LABORAL )
b) Copia del Registro de Comercio
c) Copia del RIF Y NIT.
III.-Sellado de horarios de trabajo
Deben elaborarse un horario de trabajo y ubicarse en lugar visible.
Fundamento legal: Arts 188 LOT.
Ámbito de aplicación:
Todas las Empresas independientemente el numero de trabajadores.
Recaudos:
a) Horarios elaborados en letras con una altura de 2,5 cmts mínimo y los números
con una altura de 3 ctms mínimo.
b) Copia del Registro de Comercio
c) Copia del RIF Y NIT.
IV.- Registro y Reportes Estadísticos Trimestrales
Fundamento legal: Resolución 2.921 (G.O. 36.435 del 17/04/98)
Ámbito de aplicación:
Todas las Empresas independientemente el numero de trabajadores.
Recaudos:
Llenar reporte y consignar en original y dos copias en la Inspectoria del Trabajo
donde este domiciliada la Empresa. Al finalizar cada trimestre.
V.- Inscripción en el Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) como no
aportante
VII.- Obligaciones derivadas de la Seguridad Social
Fundamento Legal: Ley del Seguro Social Obligatorio
Ámbito de aplicación:
Toda Empresa que utilice los servicios de uno o más trabajadores siempre que el
trabajador tenga carácter permanente debe:
• Inscripción del patrono.
• Declaración sobre datos de trabajadores al comienzo de actividad.
• Inscripción de trabajadores y participación de retiro.
• Pago de aportes.
VIII.- Obligaciones derivadas de la Política Habitacional
Debe inscribir al Condominio en el Fondo de Ahorro Obligatorio para la vivienda e
inscribir al conserje y demás trabajadores
IX.- Obligaciones derivadas de la Seguridad e Higiene en el Trabajo
Fundamento legal: Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del
Trabajo y Reglamento de la Ley
Ámbito de aplicación:
Toda Empresa, explotación sin distingo del numero de trabajadores.
Obligaciones:
• Mantener en optimas condiciones el medio ambiente del trabajo
• Realizar notificación de riesgos al momento de ingresar al puesto de trabajo.
Elaborar análisis integral de riesgos del trabajo
• Designar delegado de Prevención
• Crear comité de Seguridad y Salud Laboral
• Crear y registrar programas de seguridad y salud en el trabajo
• Declarar accidentes laborales a los 60 minutos siguientes al accidente.

Mintrabajo revisa condiciones laborales de conserjes caraqueños

Horario de trabajo, protección a la salud e IVSS son algunos temas de evaluación.

Si usted vive en un condominio es mejor que tenga a la mano la nueva Ley del Trabajo y que de vez en cuando la repase. Podría ser usted de los próximos visitados por los comisionados del Ministerio del Trabajo, unos funcionarios temidos, sobre todo por la desinformación que los rodea.

Pero los comisionados no son más que el personal encargado de velar por el cumplimiento de las leyes del Trabajo; la de Seguridad Social; Prevención, Higiene y Seguridad Laboral y todas las otras disposiciones legales vigentes relativas a los derechos sociolaborales de los trabajadores de los condominios.

Sin embargo, en los tres meses que tienen operando, es poco lo que los vecinos conocen de sus competencias y atribuciones, por lo que algunas comunidades ya se están organizando para pasar "la prueba" de su visita. Y de verdad se trata de una prueba: los comisionados llevan consigo una lista de requerimientos que, de no cumplirse, se pueden convertir en una multa millonaria para el edificio.

En La Urbina, por ejemplo, ya se cuentan más de cuatro edificios con amenazas de multas, por lo que sus vecinos se mantienen en alerta: "Es un abuso que estos funcionarios lleguen sin anticipar su visita, muchos con una actitud grosera y en algunos casos poniendo a los vigilantes y conserjes en contra de los residentes del edificio", acusó una vecina que prefirió reservar su identidad.

En reunión con la comunidad, Freddy Rodríguez, vecino y especialista en Derecho del Trabajo, les recomendó tener al día los documentos de administración y dejar constancia de todas las novedades que se presentaran con el personal al servicio del edificio.

Algunos vecinos, en la posición de representantes de juntas de condominio, denunciaron haber sido intimidados por los funcionarios y obligados a firmar apurados la lista de requerimientos sin su previa revisión, o peor aún, a abrir las puertas de sus hogares a estos funcionarios sin presentarles alguna orden para ingresar.

Pero para el dirigente comunitario y fundador de Mi condominio.com, Elías Santana, la aparición de estas figuras ha sido más bien positiva: "Ellos visitan al edificio y convocan a la junta de condominio y a la conserje. Es normal que las reuniones duren más de cuatro horas, porque hay que revisar que esté en orden toda la documentación. También están facultados para inspeccionar que se cumplan las normas de seguridad, su visita es preventiva".

Según Santana, mientras las comunidades se organicen, se documenten y preparen, no deben temer a los comisionados: "Y en caso de que haya alguna irregular, se debe denunciar inmediatamente"

Para prevenir

Los vecinos están en el derecho de exigir una notificación por parte de los funcionarios del Ministerio del Trabajo, en donde se les especifique la fecha de su próxima visita y los requisitos que les exigirán.

El modelo de acta de supervisión puede revisarse en el portal micondominio.com.

En caso de que no se cumplan con todos los requerimientos, los funcionarios establecen un plazo de un mes a 45 días para volver a hacer la evaluación. En este tiempo el condominio deberá ponerse al día o corre riesgo de multa.

Entre la documentación que se exige a los condominios están: el documento constitutivo de la junta, su RIF, el número de información laboral, recibos de pago a empleados, libreta de conserje, inscripción en el IVSS, advertencia de riesgos y planes de contingencia.


Maye Albornoz
EL UNIVERSAL

viernes, abril 24, 2009

Contrato con la administradora Luxor

En vista de las nuevas exigencia legales (sistema Tiuna IVSS, Lopcymat, Seniat, etc.) la administradora ha redactado un nuevo contrato de manera tal, podernos representarnos antes diferentes órganos gubernamentales. Por favor, los duchos en la materia opinen sobre sus posibles consecuencias e implicaciones. (Los originales son casi ilegibles, hagan click en la image para ampliarlos)